COMITÉ QUÍMICO OCDE

En el año 2021, Colombia alcanzó su segundo hito más importante en garantizar la adecuada gestión de las sustancias químicas con la expedición del Decreto 1347 de 2021 que adopta el Programa de Prevención de Accidentes Mayores (PPAM) y el Decreto 1630 de 2021 sobre la gestión integral de las sustancias químicas. Es importante resaltar que estos decretos fueron estructurados teniendo como base las recomendaciones y directrices de la OCDE y a través de los cuales el país se alinea al cumplimiento de los rigurosos estándares de la organización.
No obstante, es también importante reconocer que los esfuerzos no finalizan allí, ya que a partir de la expedición de estos decretos, se derivarán algunas resoluciones que reglamentarán aspectos específicos en la gestión de las sustancias químicas, como los programas de gestión del riesgo para la salud y el ambiente, los programas de manejo y reducción del riesgo para las sustancias químicas de uso industrial, en el caso del PGSQUI, o el Sistema de la Gestión de la Seguridad para la Prevención de Accidentes Mayores (SGSPAM) o la evaluación y seguimiento al desempeño del PPAM. Los retos y las oportunidades para mejorar la gestión de sustancias químicas en Colombia siguen siendo enormes.
Incluir la Ley 1950 de 2019, CONPES 3868 de 2016 y Posición revisada
Política e implementación.
Ley 1950 de 2019 “por medio de la cual se aprueba el «acuerdo sobre los términos de la adhesión de la república de Colombia a la convención de la organización para la cooperación y el desarrollo económicos», suscrito en parís, el 30 de mayo de 2018 y la «convención de la organización para la cooperación y el desarrollo económico”.Colombia enfrenta grandes retos en relación a la gestión de sustancias químicas, frente al cumplimiento de los compromisos adquiridos ante la OCDE. El objetivo primordial es darle cumplimiento a los instrumentos que quedaron con compromisos pendientes ante la organización y frente a los cuales se establecieron unos plazos concretos, que fueron consignados en la Ley 1950 de 2019 y, posteriormente, avanzar en el cumplimiento de otros instrumentos que sean emitidos posteriormente por la Organización.
Para propender por el cumplimiento de estos compromisos se ha requerido el fortalecimiento del marco normativo existente, o el desarrollo de uno nuevo, que permita incluir las directrices establecidas en los instrumentos de la OCDE dentro de nuestro marco legal.
El primer hito alcanzado para crear un marco común sobre la gestión de sustancias químicas, que respondiera a los compromisos de la OCDE, se dio en el año 2016, a través de la expedición del documento CONPES 3868 que corresponde a la política de gestión del riesgo asociado al uso de sustancias químicas en Colombia, donde se establecen una serie de actividades específicas para alcanzar los objetivos planteados y que busca integrar, de manera coherente, los procesos de gestión del riesgo durante las etapas del ciclo de vida de las sustancias químicas.
Para ello se trabajó, de manera interdisciplinar, con las carteras o entidades involucradas en los diferentes temas, lo que permitió formular dicha política de tal manera que incluyese dos enfoques diferentes. El primero, las sustancias químicas y el segundo, las instalaciones donde se almacenan, usan o producen estas sustancias químicas. Bajo estos enfoques, el documento CONPES 3868 promovió la creación de dos programas: el Programa de Gestión de Sustancias Químicas de Uso Industrial (PGSQUI) y el Programa de Prevención de Accidentes Mayores (PPAM), así como el desarrollo de elementos transversales y articuladores para la generación y el fortalecimiento de las capacidades para la implementación de los programas, tales como el Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC) y el Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA).